Dada la existencia de un brote de COVID en nuestra ciudad y ante el aumento de casos sospechosos y confirmados de infercción en el municipio, el consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura recuerda el deber de cumplir las siguientes medidas de protección y prevención: 

  • Deber individual de cautuela y protección: adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID – 19, así como la exposición a dichos riesgos.
  • Respetar la distancia interpersonal mínima de un metro y medio siempre que sea factible
  • Uso obligatorio de mascarillas para personas de seis años en adelante, aunque se pueda mantener la distancia mínima interpersonal de un metro y medio.
  • Evitar toser directamente al aire, haciéndolo preferentemente en un pañuelo desechable o en el ángulo interno del codo y evitar tocarse la cara, la nariz y los ojos.
  • Higiene frecuente de manos con agua y jabón, o en su defecto, con geles hidroalcohólicos.
  • Limpieza, desinfección y ventilación de los espacios, el mobilitario y las superficies utilizadas.
  • Uso preferente de pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico ni el intercambio de dinero ni de otro tipo de objetos.
  • Adoptar medidas de aislamiento domiciliario y ponerse en contacto telefónico con el centro de salud tan pronto como se tengan síntomas compatibles con la COVID – 19, tales como fiebre, tos, dificultad respiratoria, diarrea o vómitos.
  • Las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID – 19 o que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna con síntomas o diagnosticada de COVID 19, deberán cumplir las prescripciones proporcionadas por los profesionales sanitarios, especialmente el aislamiento domiciliario durante el periodo que determinen estos profesionales.
  • Los establecimientos, instalaciones, locales y espacios abiertos al público deberán exponer en lugar visible el aforo máximo, que deberá incluir a los propios trabajadores, y asegurar que dicho aforo y la distancia de seguridad interpersonal se respeta en todo momento en su interior, debiendo establecer procedimientos que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento.

Se recomienda que se restrinjan al mínimo imprescindible los desplazamientos fuera del domicilio tanto dentro como fuera de la localidad.